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Ayudas Pyme

Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento · Melilla

Convocatoria del régimen de ayudas a la creacion, ampliacion y diversificación de pymes, especialmente jovenes. Año 2026

Quedan 11 díascierra el martes 10 de noviembre

Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento reparte 500.000 € para pymes, autónomos y emprendedores de Melilla. Se puede pedir hasta el 10 de noviembre de 2026 (quedan 11 días).

. Fuente: Intervención General de la Administración del Estado. La información oficial y vinculante es la de la convocatoria publicada en el BOME. B.O. DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

Ver la convocatoria oficialSede electrónica para pedirla

¿Quién puede pedirla?

PymesAutónomosEmprendedoresTurismoComercioCualquier sector

Ámbito: Melilla.

Podrá ser beneficiaria de las ayudas cualquier PYME cuyo proyecto supongan la creación, ampliación y/o diversificación de su actividad y que tenga su domicilio fiscal en la Ciudad de Melilla. En el caso de actividades online sin establecimiento físico, además deberá tener su domicilio social en la Ciudad de Melilla.

En el caso de sociedades civiles profesionales la sociedad deberá estar de alta en el IAE correspondiente, en caso contrario no se considerará como beneficiaria.

Se entiende por PYME lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación del artículo 107 y 108 del Tratado; publicado en DOUE L187 de 26 de junio de 2014, o posterior que la sustituya, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en la Ciudad Autónoma de Melilla.

En la categoría de las PYMES, se define a una pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.

Se entenderá igualmente como PYME, las que, cumpliendo con lo anterior, tengan personalidad jurídica propia, incluso aquellas que, no teniéndola, como es el caso de las Comunidades de Bienes, agrupaciones, etc., cumplan con lo dispuesto en el artículo 11 de la ley General de Subvenciones, Ley 38/2003 de 17 de noviembre.

No podrán ser beneficiarias aquéllas…

Extracto oficial de la convocatoria, apartado «Beneficiarios».

¿Cuánto dan?

Presupuesto total: 500.000 €.

Estas ayudas se financiarán con cargo al Presupuesto General Consolidado de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año 2026, en concreto por los Presupuestos generales de la Sociedad para la Promoción Económica de Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U., por importe máximo de 500.000,00 euros, mediante existencia de crédito en las cuentas de la Sociedad para la Promoción Económica de Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U., partida presupuestaria 08/43300/74000.

Las ayudas que podrán concederse para financiar los proyectos se establecerán entre las siguientes:

Subvención de los alquileres para contratos formalizados con una duración mínima de un año prorrogable.

La subvención de los alquileres se establece en el máximo de 10.000,00 euros, correspondientes a 24 meses, incluida fianza, para contratos formalizados con una duración mínima de un año prorrogable.

Subvenciones de capital para financiar parcialmente la correspondiente inversión fija.

Para la subvención de capital se establece un porcentaje máximo del 60% sobre la inversión elegible.

Subsidiación parcial de los intereses de préstamos a largo plazo que obtengan los promotores para la financiación de sus proyectos.

Se fija un máximo de hasta cinco puntos del tipo de interés nominal del prestamista. Las condiciones particulares de los préstamos subvencionables vendrán establecidas en el convenio, que a estos efectos la Ciudad Autónoma de Melilla o su sociedad instrumental…

Extracto oficial, apartado «Cuantía».

¿Hasta cuándo se puede pedir?

Quedan 11 días. El plazo termina el martes 10 de noviembre de 2026.

Para la presente convocatoria se establece un único plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Extracto oficial, apartado «Plazo».

¿Para qué es?

Comercio, Turismo y PymesContratación y empleoI+D e innovaciónInversión y modernizaciónCreación de empresasFormación

Esta convocatoria tiene por objeto establecer subvenciones para la creación de nuevas empresas, con especial atención a la creación de nuevas empresas de jóvenes emprendedores, y a la ampliación y/o diversificación de las empresas ya existentes, siempre que generen autoempleo y/o empleo.

Extracto oficial, apartado «Objeto».

Requisitos y bases

Los requisitos completos, la documentación y cómo se valora cada solicitud están en las bases reguladoras y en la convocatoria.

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran aprobadas por Decreto de fecha 21 de marzo de 2025, registrado al número 635 del Libro Oficial de resoluciones no Colegiadas de la Presidencia establece la promulgación de la modificación de la MODIFICACION DE LAS BASES REGULADORAS DEL REGIMEN DE AYUDAS A LA CREACIÓN, AMPLIACIÓN Y DIVERSIFICACIÓN DE LA PYME, ESPECIALMENTE JÓVENES (BOME Extraordinario nº 22 de 02 de abril de 2025).: https://www.melilla.es/melillaportal/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/2_13656_1.pdf

Extracto oficial, apartado «Bases reguladoras».

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