Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior · Comunidad de Madrid
AYUDAS PROMOCIÓN VINOS TERCEROS PAÍSES FEAGA 2027
Quedan 29 díascierra hacia el lunes 9 de noviembre (calculado)
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior reparte 0 € para pymes y autónomos de Comunidad de Madrid. Según el plazo que fija la convocatoria, se puede pedir hasta el 9 de noviembre de 2026 aproximadamente (quedan 29 días).
. Fuente: Intervención General de la Administración del Estado. La información oficial y vinculante es la de la convocatoria publicada en el BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
¿Quién puede pedirla?
PymesAutónomosAgricultura, ganadería y pesca
Ámbito: Comunidad de Madrid.
Podrán solicitar las ayudas las empresas y entidades indicadas en el artículo 60 del Real
Decreto 905/2022, de 25 de octubre, que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad de
Madrid.
¿Cuánto dan?
Presupuesto total: 0 €.
Las ayudas reguladas en la presente convocatoria estarán financiadas por el FEAGA al 100
%, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, para las ayudas al sector vitivinícola de la Comunidad de Madrid, para la promoción y comunicación en mercados de terceros países recogidas en la Intervención Sectorial Vitivinícola. La ayuda financiera de la Unión para las acciones de promoción y comunicación no superará el 50 % de los gastos subvencionables, tal y como se establece en el artículo 59.7 del
Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021.
La financiación de la convocatoria se realizará en función de la asignación de fondos a la
Comunidad de Madrid una vez conocido el reparto territorial de fondos en la correspondiente Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural. Las resoluciones de concesión de las ayudas serán notificados a los beneficiarios e indicarán el importe final y condiciones de las mismas, todo ello en función de lo establecido en los artículos 64, 65 y 66 del Real Decreto 905/2022.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Quedan 29 días. Según nuestro cálculo, el plazo termina el lunes 9 de noviembre de 2026. Lo calculamos así: 1 mes desde el día siguiente a la publicación del extracto (9 de octubre de 2026), contando solo días hábiles cuando lo dice la convocatoria y sin conocer los festivos autonómicos o locales. Texto oficial del plazo: «UN MES DESDE EL INICIO».
- Inicio (texto oficial)
- AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM
- Fin (texto oficial)
- UN MES DESDE EL INICIO
- Publicación del extracto
- 9 de octubre de 2026 · BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizará en el plazo de un mes. El texto íntegro de la convocatoria podrá consultarse en el Sistema
Nacional de Publicidad de Subvenciones
Las solicitudes de subvenciones se presentarán por medios electrónicos en el Registro
Electrónico General de la Comunidad de Madrid mediante el acceso habilitado para ello en en el portal de administración electrónica www.comunidad.madrid y disponible en la dirección electrónica siguiente https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas- subvenciones/ayuda-promocion-vinos-terceros-paises
¿Para qué es?
Agricultura, Pesca y Alimentación
Ayudas al sector vitivinícola de la Comunidad de Madrid para las actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países, en el ámbito territorial de la
Comunidad de Madrid. El ámbito, tipos de acciones y duración de los programas, tipos de beneficiarios, productos y países admisibles, así como los criterios de admisibilidad de los programas, características de las acciones y programas auxiliables, serán los establecidos en los artículos 51 a 65 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre.
Requisitos y bases
Los requisitos completos, la documentación y cómo se valora cada solicitud están en las bases reguladoras y en la convocatoria.
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre por el que se regula la Intervención Sectorial
Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, (BOE nº 257, de 26 de octubre de 2022).
- Ficha oficial en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (código BDNS 932902)
- Extracto publicado en el BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID, 9 de octubre de 2026
- Bases reguladoras: REGLAMENTO UE 2021/2115 POLÍTICA AGRARIA COMÚN