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Ayudas Pyme

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación · Cantabria

CONVOCATORIA PARA 2027 LAS AYUDAS A LAS INVERSIONES A BORDO DE LOS BUQUES PESQUEROS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO MARÍTIMO, DE PESCA Y DE ACUICULTURA (FEMPA 2021-2027).

Quedan 31 díascierra hacia el miércoles 11 de noviembre (calculado)

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación reparte 1,5 millones de euros para pymes y autónomos de Cantabria. Según el plazo que fija la convocatoria, se puede pedir hasta el 11 de noviembre de 2026 aproximadamente (quedan 31 días).

. Fuente: Intervención General de la Administración del Estado. La información oficial y vinculante es la de la convocatoria publicada en el BOC. B.O. DE CANTABRIA.

Ver la convocatoria oficial

¿Quién puede pedirla?

PymesAutónomosAgricultura, ganadería y pesca

Ámbito: Cantabria.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente resolución los Armadores/as o Propietarios/as de buques pesqueros, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquéllas que reúnan los requisitos establecidos en la presente resolución, así como los exigidos para este tipo de ayuda en el resto de su normativa reguladora.

Cuando los solicitantes de las ayudas sean comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de personas físicas o de entidades públicas o privadas, carentes de personalidad jurídica, atendiendo a lo que establece el artículo 10.3 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, deberá hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios, además deberán nombrar un representante o apoderado único con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponda a la agrupación. Esta no podrá disolverse en tanto no haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 40 y 69 de la citada Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Extracto oficial de la convocatoria, apartado «Beneficiarios».

¿Cuánto dan?

Presupuesto total: 1,5 millones de euros.

¿Hasta cuándo se puede pedir?

Quedan 31 días. Según nuestro cálculo, el plazo termina el miércoles 11 de noviembre de 2026. Lo calculamos así: 3 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto (11 de agosto de 2026), contando solo días hábiles cuando lo dice la convocatoria y sin conocer los festivos autonómicos o locales. Texto oficial del plazo: «3 MESES A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOC».

Inicio (texto oficial)
DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOC
Fin (texto oficial)
3 MESES A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOC
Publicación del extracto
11 de agosto de 2026 · BOC. B.O. DE CANTABRIA

¿Para qué es?

Agricultura, Pesca y AlimentaciónEficiencia energéticaInversión y modernizaciónFormaciónSostenibilidad

Convocar para el año 2027, las ayudas a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros reguladas en los artículos 18 y 19 del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021, siempre que dichos buques tengan su puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Aquellas obras de modernización que conlleven el incremento del arqueo (GT), o el cambio o modificaciones técnicas del motor que supongan el incremento de la potencia (kW), precisarán de la correspondiente autorización según lo dispuesto en el Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera. Las obras y cambios de motor que no supongan un aumento de la capacidad pesquera no requerirán autorización de la autoridad pesquera de la comunidad autónoma.

Extracto oficial, apartado «Objeto».

Requisitos y bases

Los requisitos completos, la documentación y cómo se valora cada solicitud están en las bases reguladoras y en la convocatoria.

Orden DES/29/2023, de 20 de septiembre (BOC nº 187, de 28 de septiembre de 2023), modificada por Orden DES/34/2025 de 20 de noviembre (BOC nº 230, de 28 de noviembre de 2025).

Extracto oficial, apartado «Bases reguladoras».

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