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Ayudas Pyme

Ayuntamiento de Azpeitia · Azpeitia (Gipuzkoa)

PROGRAMA DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS AL FOMENTO DE LA ECONOMÍA LOCAL DE AZPEITIA –EJERCICIO 2026 –

Quedan 4 díascierra el jueves 15 de octubre

Ayuntamiento de Azpeitia reparte 400.000 € para pymes, autónomos, emprendedores y asociaciones y entidades de Azpeitia (Gipuzkoa). Se puede pedir hasta el 15 de octubre de 2026 (quedan 4 días).

. Fuente: Intervención General de la Administración del Estado. La información oficial y vinculante es la de la convocatoria publicada en el B.O. DE GIPUZKOA.

Ver la convocatoria oficial

¿Quién puede pedirla?

PymesAutónomosEmprendedoresAsociaciones y entidades

Ámbito: Azpeitia (Gipuzkoa).

Podrán ser personas beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas y pequeñas empresas y/ asociaciones, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que desarrollen su actividad en establecimientos físicos situados a pie de calle en Azpeitia (excepto actividades del primer sector), y que ya constituidas a la fecha de publicación de la presente convocatoria, con centro de trabajo o domicilio social en el municipio de Azpeitia y que estén inscritas en alguno de estos epígrafes del IAE (Impuesto sobre actividades económicas):

Sección 1: 3552, 41, 454, 61, 631, 64, 65, 66, 67, 68, 691.1, 691.2, 755, 831, 832, 833, 834, 841, 842, 844, 846, 849, 92, 931, 933, 94, 951, 952, 961, 965.2, 971, 972, 973 y 979.

Sección 2: grupo 0, 411, 421, 731, 776, 82 y grupo 83.

Las solicitudes que queden fuera de esta lista serán estudiadas.

a) En cuanto a la realización de actividades o actuaciones que promuevan la competitividad en el sector servicios y el sector primario.

En general:

— Las actividades, para ser subvencionadas, deberán cumplir con el objetivo final de fomentar la actividad, mejorar la competitividad y la dinamización del sector servicios y el primer sector.

En concreto:

— En lo que respecta a la línea de consumo local de productos del sector primario (sublínea a.1), se considerarán como tales las compras de hortalizas, frutas, pan, lácteos, flores, plantas y huevos procedentes de las explotaciones agrarias del valle (Azpeitia, Beizama y Errezil).…

Extracto oficial de la convocatoria, apartado «Beneficiarios».

¿Cuánto dan?

Presupuesto total: 400.000 €.

8.1. La cuantía máxima de la subvención para cada línea de actuación se establece en sus bases reguladoras específicas.

8.2. El importe de la subvención se fijará con arreglo a la documentación aportada por la entidad solicitante, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de valoración de las subvenciones definidas en las bases específicas de cada línea de actuación.

8.3. Las subvenciones objeto de las presentes bases serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las otras subvenciones concurrentes.

8.4. El importe de las subvenciones reguladas en estas bases en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

8.5. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de otras aportaciones fuera de los casos permitidos en las presentes bases, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

El Ayuntamiento de Azpeitia podrá conceder las siguientes ayudas especiales según la tipología de los proyectos subvencionables:

8.1. Respecto a los proyectos industriales…

Extracto oficial, apartado «Cuantía».

¿Hasta cuándo se puede pedir?

Quedan 4 días. El plazo termina el jueves 15 de octubre de 2026.

Las actuaciones objeto de subvención incluidas en las distintas líneas subvencionables deben iniciarse a partir del 16 de octubre de 2025 y finalizarán antes del 15 de octubre de 2026.

En el caso de nuevas actividades, el alta inicial en el Impuesto sobre Actividades Económicas y en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social deberá producirse en el periodo comprendido entre el 16 de octubre de 2025 y el 15 de octubre de 2026, ambas fechas inclusive.

Excepcionalmente, para las sublíneas a.3 y d) serán subvencionables los gastos de alquiler de los locales a partir del 16 de octubre de 2025.

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación de estas bases y el plazo de presentación de las mismas finalizará el 15 de octubre de 2026.

Documentación a presentar:

a) En todo caso, los documentos detallados en el artículo 4.2 de las Bases Generales.

b) En su caso,…

Extracto oficial, apartado «Plazo».

¿Para qué es?

Otras Prestaciones económicasContratación y empleoDigitalizaciónEficiencia energéticaI+D e innovaciónInversión y modernizaciónCreación de empresasFormaciónComercio local y consumoSostenibilidad

El objeto de las subvenciones cuyo otorgamiento regulan las presentes bases es el fomento de la economía local por parte del Ayuntamiento de Azpeitia.

El objetivo final es el fomento de la economía local, el fomento del empleo, apoyo a proyectos industriales y proyectos emprendedores con fines sociales dotando para ello diversos recursos.

Se distinguen cuatro líneas de subvención:

Se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio presupuestario 2026 para la concesión de subvenciones cuyo objeto es financiar las actividades del sector servicios y del sector primario, con la finalidad última de reforzar los mismos.

Serán actividades subvencionables:

a) La realización de actividades o actuaciones que promuevan la competitividad en el sector servicios y el sector primario.

Las actividades para ser subvencionadas deberán cumplir con el objetivo final de fomentar la actividad, mejorar la competitividad, la dinamización del sector servicios y el primer sector.

a.1.) El consumo de productos locales del sector primario.

a.2) Las actuaciones o inversiones que los establecimientos o comercios realicen con el objeto de adaptarse y adecuarse a las nuevas necesidades (ejemplos a título orientativo: ampliación de los locales, nuevas líneas de negocio, renovación de escaparates, trámites para la actualización del estado de las actividades, instalación de limitadores de sonido, etc.).

a.3) Ayudas al alquiler por implantación de actividad en locales ubicados en el ámbito del anexo A.…

Extracto oficial, apartado «Objeto».

Requisitos y bases

Los requisitos completos, la documentación y cómo se valora cada solicitud están en las bases reguladoras y en la convocatoria.

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