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Ayudas Pyme

Ayuntamiento de Molina de Segura · Molina de Segura (Murcia)

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE ALQUILER DE VIVIENDAS VACÍAS. PROGRAMA "VIVE EN MOLINA 2026

Quedan 35 díascierra el domingo 15 de noviembre

Ayuntamiento de Molina de Segura reparte 50.000 € para pymes y autónomos de Molina de Segura (Murcia). Se puede pedir hasta el 15 de noviembre de 2026 (quedan 35 días).

. Fuente: Intervención General de la Administración del Estado. La información oficial y vinculante es la de la convocatoria publicada en el BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA.

Ver la convocatoria oficial

¿Quién puede pedirla?

PymesAutónomosConstrucción

Ámbito: Molina de Segura (Murcia).

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias o usufructuarias de viviendas sitas en el término municipal de Molina de Segura.

Extracto oficial de la convocatoria, apartado «Beneficiarios».

¿Cuánto dan?

Presupuesto total: 50.000 €.

El importe de las ayudas se financiarán de la siguiente manera:

Línea 1 con cargo a la partida 50/1522/488 0300 SUBV. PROGRAMA VIVE EN MOLINA prevista en el actual presupuesto de gasto municipal para el ejercicio 2026, por importe de 15.000,00 euros.

Línea 2 con cargo a la partida 50/1522/788 0300 SUBV. PROGRAMAS INV. VIVE EN MOLINA prevista en el actual presupuesto de gasto municipal para el ejercicio 2026, por importe de 35.000,00 euros.

Haciendo constar que la concesión de las mismas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

Extracto oficial, apartado «Cuantía».

¿Hasta cuándo se puede pedir?

Quedan 35 días. El plazo termina el domingo 15 de noviembre de 2026. Texto oficial del plazo: «15/11/2026».

Inicio (texto oficial)
Al día siguiente de la publicación en BORM
Fin (texto oficial)
15/11/2026
Publicación del extracto
9 de mayo de 2026 · BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA

Las solicitudes junto con la documentación necesaria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Molina de Segura y se presentarán por medios electrónicos tal como establecen los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en ella.

La presentación de la solicitud presume la aceptación incondicionada de la normativa reguladora de las ayudas y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma y especialmente en las bases del programa VIVE EN MOLINA 2026.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de la convocatoria hasta el 15 noviembre de 2026 o agotamiento del crédito presupuestario, lo cual se publicará en el BORM, en su caso.

Extracto oficial, apartado «Plazo».

¿Para qué es?

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

Convocatoria de ayudas para fomento de Alquiler de Viviendas Vacías. Programa “VIVE EN MOLINA”.

La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión y pago de ayudas destinadas a financiar determinados gastos que comporta la formalización del contrato de arrendamiento y el cumplimiento por parte de la vivienda de los requisitos establecidos en estas bases.

Extracto oficial, apartado «Objeto».

Requisitos y bases

Los requisitos completos, la documentación y cómo se valora cada solicitud están en las bases reguladoras y en la convocatoria.

Las ayudas económicas previstas en estas bases adoptarán la forma de subvenciones, y se regirán, además de por lo regulado en la misma, por lo previsto en:

Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Ordenanza General de Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Molina de Segura publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 10 de marzo de 2022.

Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras…

Extracto oficial, apartado «Bases reguladoras».

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